11/08/2012

Las AFP y Los Derechos De Los Afiliados

Los trabajadores que a lo largo de su vida han laborado y entregado lo mejor de sí, llegan la final de camino con el derecho de descansar y disfrutar de los últimos años de su vida. Para ello, los trabajadores, han hecho un depósito mensual para la pensión que recibirán luego de su jubilación. En este caso, nos referiremos al Sistema Privado de Pensiones, las AFP´s.

Las AFP´s son organismos, creados como Sociedades Anónimas, cuyo único fin es ser depositaria de los fondos de pensiones, y otorgarlas llegado el momento. Para que una AFP comience a funcionar, el capital social mínimo a inscribir es de S./500.000 soles. La actualización del capital social se realiza cada año.

¿Cuáles son mis derechos en relación a mi pensión?

Los derechos de los trabajadores al momento de elegir un Fondo de Pensiones son los siguientes:

  • Los depósitos que hace el trabajador a lo largo de su vida para el único fin de recibir una pensión, luego de la jubilación, se hace en una cuenta personal, para cada trabajador, esta no debe ser compartida.
  • El afiliado es libre de cambiarse de AFP´s de acuerdo a lo que crea conveniente.
  • El trabajador tiene el derecho de de verificar el depósito de su pensión mensual, colaborando al desempeño eficiente del sistema.
  • El afiliado debe recibir información oportuna sobre sus aportes y el rendimiento que obtienen.

Los trabajadores que ingresan a trabajar por primera vez, deben elegir entre el Sistema nacional de Pensiones o (SNP) el Sistema privado de Pensiones (SPP); para elegir al SNP, solo cuenta con diez días contados a partir de la firma de contrato, pasado ese tiempo en el trabajador, solo podrá inscribirse al SPP. El trabajador elige la AFP y le informa su empleador, para proceder a la inscripción.

Todo trabajador ya se dependiente o independiente tiene derecho a inscribirse en un Fondo de Pensiones. Al hacerlo tiene derecho a recibir los siguientes beneficios:

Para que el afiliado reciba las prestaciones por concepto de invalidez, sobrevivencia y gastos de sepelio, debe haber contribuido con un mínimo de cuatro meses dentro de los últimos ocho meses a ocurrido el siniestro. La comisión es un porcentaje del aporte del afiliado, al cual tiene derecho la AFP.

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